En el bloqueo de control automático la relación de dependencia entre estaciones queda
garantizada por la existencia de instalaciones que controlan que la distancia de
seguridad entre trenes se mantiene, regulando la velocidad de modo que ninguno
supere la Velocidad Límite, y garantizando la existencia de un solo tren en cada cantón
El bloqueo de control automático (BCA) está vinculado a la circulación de trenes con
alguno de los sistemas de protección automática de trenes (ATP) siguientes en servicio:
Se haya bloqueado el cantón de bloqueo mediante los dispositivos disponibles
al efecto.
c)
Se haya establecido el itinerario de salida o paso.
d)
Se dé la orden de marcha conforme a lo establecido en el art. 1.5.1.8 de este
Reglamento.
4.2.3.3
Anormalidades
1.
Si se detectan irregularidades en el funcionamiento del BCA, se continuará la
circulación con BSL. Si éste tampoco funcionara, se estará a lo dispuesto en los
artículos de anormalidades del BA {→ 4.2.1.4 }. Esta disposición es válida si el fallo del BCA es
debido al mal funcionamiento de la instalación de la línea.
2.
Si el ATP con el que circule el tren provocara el frenado y detención del mismo, el
Maquinista informará al Responsable de Circulación del CTC que, en cada caso,
autorizará la reanudación de la marcha en las condiciones específicas de
circulación que procedan hasta la señal siguiente y al amparo del BSL {→ 5AN1.1.6.4}. Si el ATP vuelve a funcionar el Maquinista circulará nuevamente, a partir de la señal
siguiente, con este sistema y lo comunicará al Responsable de Circulación del
CTC.
3.
En caso de avería, el Responsable de Circulación podrá disponer que todos los
trenes circulen con BSL entre dos estaciones. En estas condiciones, se notificará al
Maquinista de cada tren la desconexión del ATP vinculado al BCA {→ 5AN1.1.2.1-2b → 5AN1.1.6.8 } {→ 5ET3.1.2.1-2b}.