1. |
Protección de emergencia
Es la protección utilizada de forma inmediata por el personal que detecte un punto interceptado. Su objetivo es lograr avisar al Maquinista de cualquier circulación que se dirija hacia dicho punto, para que se detenga antes de llegar al mismo.
Por lo tanto, la forma de actuar dependerá de ls circunstancias, aunque siempre será fundamental la rapidez con que se actúe para avisar al tren que se encuentre más próximo al lugar de peligro.
La protección de emergencia se podrá realizar indistintamente a través de cualquiera de los medios siguientes:
a) |
Avisando al Maquinista afectado mediante la radiotelefonía.
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b) |
Accionando desde la cabina de conducción de otro tren los dispositivos a este fin {→ 5ET3.4.3.7 }.
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c) |
Poniendo las señales fijas o pantallas de BCA y ERTMS en indicación de
parada. |
d) |
Haciendo la señal de alarma {→ 2.1.7.4 }, sobre todo en trayectos con vía doble o múltiple. |
e) |
Presentando desde la vía las señales portátiles de parada al tren o trenes que se aproximen,
a ser posible, a la distancia de 1.500 m. |
f) |
Si existen circuitos de vía, mediante la barra o útil de cortocircuito. |
Se suspenderá la circulación por la vía o vías donde exista un punto interceptado.
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2. |
Protección normal
Es la protección a utilizar una vez suspendida la circulación normal de trenes (generalmente para el acceso de trenes de trabajo), cuando la existencia del punto interceptado es conocida por todo el personal afectado.
Consiste en la colocación de
señales portátiles de parada a
1.500 m del punto de peligro y en sus proximidades. Cuando la señal portátil de parada no sea presentada
por una persona, se emplazará en el eje de la vía. |