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CAPÍTULO 1 - Señales ferroviarias comunes para la RFIG

Sección 5 - Señales fijas de limitación temporal de velocidad máxima
 
2.1.5.6 Particularidades de estas señales



   


# 449 



1. Las órdenes que dan las señales de limitación temporal de velocidad máxima son independientes de las que dan las señales fijas fundamentales y no son modificadas por las mismas. Los valores de velocidad se expresarán siempre en múltiplos de 5.

2. Las señales de limitación temporal de velocidad máxima podrán establecer dos límites diferentes. En este caso llevarán encima un cartelón indicando los tipos de tren a los que afecta cada uno de ellos.

PARA DISTINTOS TIPOS DE TREN


A
B
FIGURA 41

El número de arriba de la Figura 41A, afecta a los trenes de mercancías y el número de abajo a los demás trenes, cualquiera que sea su clase (viajeros, automotores, locomotoras aisladas, etc.).

El número de arriba de la Figura 41B, afecta a los trenes convencionales y el número de abajo a los automotores.

3. Cuando la señal de anuncio de limitación temporal de velocidad máxima situada delante de una bifurcación o de las agujas de una estación, sólo afecte a parte de las vías situadas a continuación, llevará un cartelón indicativo de la vía o vías a las que afecta.

2.1.5.7 Comunicación de las limitaciones temporales de velocidad máxima

# 1/24





















# 478













# 440





# 504







# 394















# 455 

El establecimiento o supresión de una limitación temporal de velocidad máxima requiere el siguiente proceso de actuación:

Personal de infraestructura

1. Dispondrá la instalación o supresión de las señales fijas a la mayor brevedad posible y remitirá telefonema {→ NAR 04/18-2.2.3 } al Responsable de Circulación de una de las estaciones colaterales del trayecto afectado o al del CTC con la información siguiente:

Si se trata de establecimiento o de supresión de una limitación.
Velocidad a la que se limita y la vía o vías afectadas.
Puntos kilométricos de inicio y fin de la limitación.
Trayecto afectado.
Causa de la limitación (solo en caso de establecimientos).
Si se han instalado o no señales fijas (solo en el caso de establecimiento)
Si supone un CSV (solo en caso de establecimiento).

2. Telefonema de establecimiento:

L2.1
LTV1
«Establecida limitación temporal de velocidad máxima a ____ km/h en vía (s) ____ desde el km _______ al _______ entre ___________ y __________, por _____ (causa)_______. Se encuentra señalizada (o sin señalizar). Supone un CSV (si procede)»

3. Telefonema de supresión:

L2.2
LTV2
«Suprimida limitación temporal de velocidad máxima a ____ km/h en vía (s) __ desde el km _______ al _______ entre _______________ y ______________. »

El/los Responsables de Circulación procederán, según el caso:

1. El Responsable de Circulación de la estación que reciba la información comunicará por telefonema los datos recibidos al de la estación colateral y al de la Banda de Regulación del PM.

2. Cuando la información la reciba el Responsable de Circulación del CTC, lo comunicará por telefonema a los Responsables de Circulación de las estaciones colaterales del trayecto afectado y al Responsable de Circulación del CTC colateral, en su caso, así como al de la Banda de Regulación del PM.

3. El PM procederá a actualizar la base de datos utilizada por las EF para confeccionar el Libro de Itinerarios del Maquinista {→1.2.1.4 }.

4. Los Responsables de Circulación de las estaciones colaterales del trayecto afectado no expedirán trenes sin la notificación previa de la limitación al Maquinista. Se prescindirá de ésta cuando el PM les comunique que el Maquinista ha sido notificado o que la limitación ha sido incluida en el Libro de Itinerarios del Maquinista.

5. Cuando la limitación temporal de velocidad máxima no esté señalizada, la notificación al Maquinista será ampliada con la nota: "SIN SEÑALIZAR", y si se trata de un CSV; se realizará en la estación colateral anterior al trayecto afectado. Se exceptúa el caso en que el tren circule con señalización en cabina y la limitación esté incluida en el Libro de Itinerarios del Maquinista.

L2.3
LTV3
«Establecida (o suprimida) limitación temporal de velocidad máxima a ____ km/h en vía (s) __ desde el km _______ al _______ entre _____________ y ____________. Se encuentra señalizada (o sin señalizar) Supone un CSV (si procede).»

Puesto de Mando

Una vez instaladas las señales fijas de la limitación y hasta que ésta no se incluya en el Libro de Itinerarios del Maquinista, el PM la notificará por radiotelefonía al Maquinista de cada uno de los trenes afectados u ordenará al Responsable de Circulación de la última estación donde el tren efectúe parada, que la notifique. Seguidamente, avisará al Responsable de Circulación de la estación abierta inmediatamente anterior al trayecto afectado, para evitar la detención del tren en la misma.

{IT-402-001-007-SC-513 }

2.1.5.8 Instalación de las señales
 
1. En vías banalizadas, cuando entre el anuncio de limitación temporal de velocidad máxima y la señal de limitación temporal de velocidad máxima existan escapes, el anuncio de limitación temporal de velocidad máxima deberá situarse en ambas vías, con indicación de la vía a la que afecta.

2. Si el final de una limitación coincide con el principio de otra a velocidad más elevada o más reducida, se prescinde de la señal de fin de la primera limitación, es decir, solo se señaliza el final de la última limitación..



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